Asistencia inmediata en allanamientos, indagatorias y detenciones por flagrancia (art. 285 CPPN).
Una detención inesperada, un allanamiento al amanecer, una citación a indagatoria con plazo breve son los momentos en que la presencia inmediata del abogado defensor cambia el curso de toda la causa. Los primeros actos procesales, cómo se documenta el procedimiento, qué se declara, qué se calla, qué se firma, condicionan la prueba y muchas veces el resultado final.
Por eso ofrecemos atención penal de urgencia las 24 horas en CABA y Provincia de Buenos Aires. Asistimos en comisarías, fiscalías, juzgados de turno y centros de detención, con presencia física y rápida coordinación con familiares.
La policía puede detener sin orden judicial sólo cuando sorprende al sospechoso cometiendo el delito o inmediatamente después (art. 285 CPPN). El defensor debe actuar en horas: la detención debe ser comunicada al juez, controlada y, si corresponde, recurrida por habeas corpus.
El allanamiento requiere orden judicial fundada (art. 18 CN; art. 224 CPPN), salvo casos excepcionales. Acompañamos al titular del domicilio para verificar la legalidad del procedimiento, controlar el secuestro de elementos y evitar declaraciones autoincriminatorias.
La indagatoria es el primer acto formal de defensa. Preparamos al imputado en las horas previas: análisis de la causa, decisión sobre declarar o guardar silencio, estrategia frente a las preguntas. Una indagatoria mal preparada puede comprometer toda la defensa.
El procesamiento (art. 306 CPPN) abre el plazo para apelar y, si hay prisión preventiva, para pedir excarcelación. Los plazos son breves, en general 3 días, y no admiten distracciones.
Cuando se secuestran elementos —celulares, computadoras, documentación— o se traba embargo sobre cuentas, hay caminos rápidos para discutir su procedencia y obtener la devolución parcial o total.
¿Qué hago si arrestan a un familiar?
Llámenos inmediatamente. Necesitamos saber dónde está detenido, qué se le imputa y si ya declaró. Mientras tanto: que no firme nada ni declare nada hasta que llegue el abogado.
¿Puedo hablar con mi familiar detenido?
Tiene derecho a comunicación inmediata con familia y abogado. Si la comisaría lo niega, se interpone habeas corpus.
Si la policía está allanando mi casa, ¿qué hago?
Mantenga la calma, verifique que tengan orden judicial, no firme nada antes de que llegue el abogado, no preste declaración. Llámenos inmediatamente.
¿Cuánto cuesta una intervención de urgencia?
La intervención inicial cubre las primeras 24-48 horas críticas. El alcance y honorarios se acuerdan tras el primer contacto y el análisis de la situación.